Nuevo Reglamento (UE) 2024/3190: Cómo afecta a las etiquetas térmicas para alimentación y que deben hacer las empresas.

La normativa europea sobre materiales en contacto con alimentos continúa evolucionando para reforzar la seguridad alimentaria y proteger al consumidor. Uno de los cambios más importantes para el sector del etiquetado llega con el Reglamento (UE) 2024/3190, que restringe el uso de determinados bisfenoles, entre ellos el bisfenol S (BPS), en materiales destinados al contacto con alimentos.

Aunque pueda parecer una modificación dirigida exclusivamente a los fabricantes de materias primas, la realidad es que afecta a toda la cadena de suministro: fabricantes de etiquetas, empresas de impresión, distribuidores, industrias alimentarias y comercios que utilizan etiquetas térmicas en sus productos.

La fecha clave es el 20 de julio de 2026, momento en el que finalizará el periodo transitorio establecido por la Unión Europea.

¿Qué es el Reglamento (UE) 2024/3190?

El Reglamento (UE) 2024/3190 establece nuevas limitaciones para el uso intencionado de bisfenoles y sus derivados en materiales destinados al contacto con alimentos.

En el sector del etiquetado, la medida afecta principalmente a las etiquetas térmicas directas, ampliamente utilizadas en supermercados, carnicerías, pescaderías, fruterías, panaderías y empresas de alimentación para identificar productos frescos.

Estas etiquetas emplean un recubrimiento termosensible que permite imprimir información sin utilizar tinta. Algunas formulaciones tradicionales incorporaban BPS, una sustancia que dejará de estar permitida para este tipo de aplicaciones.

¿Qué empresas deben revisar sus etiquetas?

El reglamento afecta especialmente a aquellas organizaciones que utilizan etiquetas térmicas para identificar alimentos, como:

  • Industrias alimentarias.
  • Empresas de envasado.
  • Supermercados e hipermercados.
  • Carnicerías y charcuterías.
  • Pescaderías.
  • Obradores y panaderías.
  • Empresas de platos preparados.
  • Distribuidores logísticos de alimentos.

En todos estos casos resulta recomendable comprobar que las etiquetas utilizadas cumplen con la nueva normativa antes de la finalización del periodo transitorio.

normativa etiquetas térmicas para alimentación

¿Qué cambios serán necesarios?

La adaptación no implica necesariamente modificar los equipos de impresión o los procesos de etiquetado.

En la mayoría de los casos bastará con verificar que los materiales suministrados disponen de la correspondiente Declaración de Conformidad (DoC) conforme al nuevo reglamento y, si es necesario, sustituir determinadas referencias por otras ya adaptadas.

Los principales fabricantes internacionales de materiales autoadhesivos ya están incorporando nuevas formulaciones compatibles con la legislación europea, lo que facilita una transición sin cambios significativos en la producción.

¿Qué etiquetas no se ven afectadas?

Es importante diferenciar las etiquetas destinadas al contacto con alimentos de otras aplicaciones.

Las etiquetas térmicas utilizadas para:

  • Logística
  • Transporte
  • Almacenes
  • Identificación industrial
  • Expediciones

No están sujetas a las mismas restricciones siempre que no se utilicen en aplicaciones alimentarias.

Por ello, conocer el destino final de cada etiqueta resulta fundamental para seleccionar el material adecuado.

Cómo prepararse antes del 20 de julio

Aunque todavía existe un periodo de adaptación, es aconsejable comenzar cuanto antes la revisión de los materiales utilizados.

Algunas recomendaciones son:

  • Revisar las referencias de etiquetas térmicas empleadas en productos alimentarios.
  • Solicitar a los proveedores la documentación de conformidad actualizada.
  • Confirmar que los materiales cumplen el Reglamento (UE) 2024/3190.
  • Planificar la sustitución de referencias antiguas si fuera necesario.
  • Informar al personal de compras y calidad sobre los nuevos requisitos.

Una planificación anticipada evitará problemas de suministro y garantizará el cumplimiento de la normativa cuando finalice el periodo transitorio.

Una oportunidad para actualizar los materiales de etiquetado

Más allá de una obligación legal, este cambio normativo supone una oportunidad para revisar las soluciones de etiquetado utilizadas en la industria alimentaria.

Los nuevos materiales desarrollados por los fabricantes mantienen las prestaciones de impresión, adhesión y resistencia necesarias para el etiquetado de alimentos, al tiempo que cumplen con los nuevos estándares europeos de seguridad.

Contar con un proveedor especializado en etiquetas para alimentación permite afrontar esta transición con mayor tranquilidad, garantizando tanto el cumplimiento normativo como la continuidad del suministro.

La adaptación al Reglamento (UE) 2024/3190 ya ha comenzado. Revisar ahora las etiquetas térmicas utilizadas ayudará a evitar incidencias futuras y permitirá seguir operando con total garantía cuando la nueva normativa sea plenamente exigible.

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